dijous, 2 d’agost del 2012

La tesis de la “excepción permanente” de Carl Schmitt



Carl Schmitt, filósofo alemán y de formación católica que dio apoyo a las tesis del nazismo, fue el gran inspirador de la teoría del “Estado de excepción permanente “. Schmitt, aunque no lo hayan admitido expresamente, dio un estatuto histórico al “estado de naturaleza”, de Hobbes.  Para Schmitt, la soberanía del Estado no consiste  en el monopolio de la coacción o de la dominación –fundamentado y organizado  artificialmente por el constituyente-  sino en la capacidad de decidir por arriba del artificio de las instituciones creadas por la política. En su época,  la política liberal-democrática, según él, degradada durante la República de Wheimar.

La soberanía es identificada por Schmitt directamente con la fuerza indiscriminada, es decir, la soberanía reside en la fuerza actuar para  suspender la propia validez de las leyes, lo que hace del ordenamiento una pendencia de la propia  voluntad del soberano que, para Schmitt, está presente en el Poder Ejecutivo: a través del Presidente, del dictador,  del líder, el sistema de derecho  instaurado (el ordenamiento), está  siempre “a disposición”  de quien  decide. La excepción, por lo tanto, la capacidad de declarar la excepción, es la regla que define la propia soberanía: el uso de la excepción es su verdadero contenido y la garantía o la suspensión del Derecho, tanto en la normalidad política y en la estabilidad social, como  en la crisis y la inestabilidad.

En  famoso y brillante texto El Führer protege el derecho”- sobre el discurso de Adolf Hitler en el Reichstag del 13 de julio de 1934-Carl Schmitt, citando  al propio Hitler, formula una aclaración lapidaria de su teoría de la normalidad y de la excepción y, al mismo tiempo, muestra cómo promueve la excepción a condición de regla y fundamento del Estado: “El Führer protege el derecho del peor abuso, cuando  él en el instante de peligro crea el derecho sin mediaciones, por la fuerza de su liderazgo (Fhurertum) y en cuanto Juez Supremo: (y aquí Schmitt cita a Hitler)-“En esta hora soy responsable  por el destino de la nación alemana y con eso  juez supremo del pueblo alemán. El verdadero líder (Führer) siempre es también juez. Del liderazgo (Fuhrertum) emana la judicatura (Richtertum). Quien quiera separar ambas o incluso oponerlas o transforma al juez en el contra-líder (Gegenfuhrer) o en un del contra-líder  y procura paralizar (aus den Angeln mathen) el Estado con la ayuda del Poder Judicial. He aquí un método muchas veces experimentado, que ha destruido no sólo del Estado sino también el Derecho”.

Más adelante, Schmitt afirma dos fundamentos importantes de la definición de la excepción, como base de la soberanía del Estado, al criticar a los juristas democráticos de Wheimar.

 Primer argumento: “Del mismo modo, el Derecho Constitucional se ha convertido, en esa corriente de pensamiento, la Carta Magna de los que cometen alta traición y traición  a la patria. Con esto el poder judicial se transforma en un engranaje de imputaciones (Zurechnungsbetrib),  sobre cuyo funcionamiento  previsible y por él  calculable y criminoso tiene un derecho subjetivo adquirido”. (En este argumento, Schmitt fundamenta que la excepción debe estar disponible a la voluntad del líder, porque las garantías constitucionales del Estado de Derecho Liberal Democrático, permite que los que delinquen contra el Estado - los revolucionarios o los socialdemócratas, que apoyaban las conquistas de Wheimar- tendrían la protección del Poder Judicial, como  guardián de la Constitución, porque sólo él podría definir la “excepción”,  según aquel ordenamiento “artificial” del Estado de Derecho).

Segundo argumento: "Todo el derecho tiene su origen en el derecho del pueblo  a la vida. Toda la ley del Estado, toda sentencia judicial contiene no solo tanto derecho como le fluye de esa fuente (el líder o el Führer). El resto no es derecho, sino ´un tejido de normas coercitivas, desde la cual un criminal hábil se burla´”.  (En este argumento, él identifica sin mediaciones el Líder con el Pueblo,  después de mostrar que esta vigilancia de los intereses del pueblo – que es una “comunidad concreta” como teorizaba Schmitt – está en la soberanía del Estado, que a su turno es realizada por el Líder  (“fuente superior” del Derecho).

Schmitt deja claro, en esta parte de su discurso teórico – sin ninguna sofisticación, dígase de pasada - por qué el “Führer protege el derecho” y, principalmente,  de quien él protege: de aquél pueblo  concreto en movimiento contra el Estado y contra su Líder. 

Así, el “estado de excepción permanente” es la regla del dictador unipersonal,  como un ejecutivo que comanda el Estado y como el Juez que decidirá sobre la suspensión de las leyes y  del Derecho – del ordenamiento.

Fuente: http://www.sinpermiso.info/textos/index.php?id=5172